La norma es tajante al reservar las aceras a los peatones, que son los usuarios con mayor riesgo de vulnerabilidad en la vía. Aunque las estadísticas con los patinetes eléctricos todavía no son completas, la DGT tiene constancia de que, en el año 2020, al menos 109 personas resultaron heridas por accidente y hubo 6 fallecidos en todo el territorio nacional.
Las bicicletas y patinetes deben circular por las calzadas, salvo en las vías que los Ayuntamientos prohíban su circulación. La reciente modificación del artículo 50 del Reglamento General de Circulación, que establece la limitación genérica de 30 km/h en las calles de un carril por sentido de circulación y de 20 km/h en las vías de plataforma única, favorece que estos vehículos discurran sin mayores problemas por las calzadas.
La circulación de patinetes y de bicicletas por aceras supone una infracción grave al Reglamento General de Circulación y se sanciona con 200€ de multa.
Otros comportamientos prohibidos
Además de la prohibición de circular por las aceras, los usuarios de patinetes eléctricos, deben tener en cuenta las siguientes prohibiciones:
- No pueden conducir utilizando el teléfono móvil.
- No pueden circular dos personas en el patinete.
- No pueden conducir utilizando cascos o auriculares.
- Por la noche o en circunstancias de escasa visibilidad deben llevar alumbrado y prendas reflectantes.
- Se les aplica la normativa de tasas de alcohol y de presencia de drogas en el organismo.
Por otro lado, los usuarios de bicicletas y VMP deben ser conscientes que al no necesitar seguro obligatorio, como sí sucede con los vehículos a motor, en caso de accidente en los que se le declare responsables, si no tienen suscrito un seguro de responsabilidad civil, deberán afrontar, al margen de posibles responsabilidades penales, el pago de la indemnización correspondiente por las lesiones que puedan producir a los peatones y si es menor de edad deberán responder de las indemnizaciones los padres, tutores o guardadores legales.